El Consejo de Ministros de la República Dominicana es el máximo órgano de coordinación estratégica de las políticas públicas y de los asuntos generales de la acción de gobierno. Su misión principal es asesorar y apoyar al Presidente de la República en el análisis de políticas, planes, programas, presupuestos y normas, buscando agilizar la actividad de la Administración Pública en beneficio de la ciudadanía.
📌 Función principal
- Proponer, deliberar y aprobar políticas públicas, planes y proyectos nacionales, territoriales y sectoriales, así como programas de relevancia elaborados por los órganos rectores de la planificación y presupuesto.
- Proponer acciones para la eficaz y oportuna ejecución, implementación y coordinación de los programas, planes y proyectos nacionales aprobados.
- Agilizar toda iniciativa tendente a optimizar el despacho de los asuntos de la Administración Pública en beneficio de los intereses generales de la Nación.
- Conocer de los proyectos de leyes y decretos de mayor relevancia que el Presidente de la República someta a su consideración.
- Concertar o deliberar los proyectos de decretos, reglamentos, resoluciones e instrucciones cuya ejecución implique la coordinación de varios ministerios.
⚙️ Organización
Sede: Palacio Nacional, Av. Dr. Delgado esq. México, Santo Domingo.
Titular actual: Luis Abinader (Presidente)
Presupuesto 2025: RD$ 2,586,819,773.00
Dependencia: Presidencia de la República.
Historia: Fue establecido inicialmente como Consejo de Gobierno en 1982 y redefinido como Consejo de Ministros por la Ley Orgánica de Administración Pública en 2012.
🌍 Contexto histórico
- El origen y fundación del órgano se remonta al 16 de agosto de 1982, cuando se constituyó el Consejo de Gobierno mediante el Decreto Núm. 3, como principal organismo asesor de la Presidencia de la República.
- La evolución institucional incluyó decretos posteriores en 1991 y 1996 que regularon la frecuencia de sus sesiones, hasta su formalización como Consejo de Ministros.
- Las reformas más significativas llegaron con la Ley Núm. 247-12, Orgánica de la Administración Pública, del 09 de agosto de 2012, que lo estableció como el máximo órgano de coordinación estratégica de las políticas públicas.
- La situación actual lo posiciona como el ente clave para la coordinación de las políticas públicas y la toma de decisiones del Poder Ejecutivo, bajo la dirección del Presidente de la República.
🔑 Importancia
- Es fundamental para la gobernabilidad, pues asegura la coherencia y la dirección estratégica de todas las acciones del Poder Ejecutivo.
- Actúa como un foro de deliberación y consenso, permitiendo que las decisiones gubernamentales sean el resultado de un análisis colectivo y coordinado entre los diferentes ministerios.
- Representa un mecanismo de eficiencia administrativa, al facilitar la agilización de los asuntos públicos y la implementación efectiva de los planes y programas nacionales para el beneficio de la sociedad.


